Decreto № 3440 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia.
(G.O. № 9131 del 25 de marzo de 1969)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3440
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
CONSIDERANDO: Que durante el año 1969 se celebra el cincuentenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y que este acontecimiento amerita ser plasmado en el simbolismo del sello postal.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
○ 500,000 (Quinientos Mil) sellos del tipo de seis centavos, color verde-azul.
○ 500,000 (Quinientos Mil) sellos del tipo de diez centavos, color rojo-granate.
ARTÍCULO 2.- Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular en tamaño de 33 milímetros de ancho por 44 milímetros de alto; a todo el ancho del ángulo superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; mostrarán en su centro como motivo principal, dentro de un círculo, una figura representando las manos sosteniendo herramientas; alrededor del círculo se leerá la inscripción "50º Aniversario de la Organización Internacional del Trabajo 1919-1969"; en la parte inferior llevarán la palabra "CORREOS", y en la esquina inferior derecha tendrán el valor facial expresado así: "6¢".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta y nueve, años 126º de la Independencia y 106º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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