Decreto № 452-19
Del 13 de diciembre del año 2019


Dec. Nº 452-19 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con la denominación "50 Aniversario Grupo Puntacana" 
G. O. Nº 10963 del 16 de abril de 2019.


DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 452-19

VISTA: La Ley núm. 2461, del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas.

VISTO: El oficio núm. MH-2019-041165, del 20 de noviembre de 2019, dirigido al Presidente de la República por el Ministro de Hacienda, mediante el cual solicita la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1. - Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo a las disposiciones técnicas siguientes:



a) DENOMINACIÓN:                         "50 Aniversario Grupo Puntacana"

     ○ Valor:                                     RD$ 42.00
     ○ Cantidad:                               20,000 ejemplares.



ARTÍCULO 2. - Los sellos postales referidos en el artículo precedente, serán impresos bajo el procedimiento offset, multicolor.

ARTÍCULO 3. - Para las indicadas emisiones se realizará en papel tropicalizado engomado de 56 gramos. Sustancia 103 GM².

ARTÍCULO 4. - El tamaño de cada uno de los sellos postales, a que se refiere el presente Decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica.

ARTÍCULO 5. - Envíese al Ministerio de Hacienda, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para su conocimiento y ejecución.


DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de didiembre del año dos mil diecinueve (2019), años 176º de la Independencia y 157º de la Restauración.


DANILO MEDINA

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 Reproducido según el decreto original.


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