Dec. № 448-88 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia, con la denominación "Reforestación Nacional".
(G.O. № 9744 del 30 de septiembre de 1988)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 448-88
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O :
DENOMINACIÓN: Reforestación Nacional.
○ Diseño: Escenas alusivas a la Reforestación Nacional.
○ Especificaciones: Llevarán las leyendas "República Dominicana", "Correos", su valor
facial y los textos que identifiquen los temas de sus diseños.
○ Cantidades: Dos millones (2,000,000) de ejemplares de 0.10.
Un millón (1,000,000) de 0.20.
Quinientos mil (500,000) de 0.50.
Trescientos mil (300,000) de RD$ 1.00.
○ Valores: Diez centavos (RD$ 0.10),
Veinte centavos (RD$ 0.20),
Cincuenta centavos (RD$ 0.50),
y un peso (RD$ 1.00).
ARTÍCULO 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente, serán de forma rectangular en hojas de cincuenta ejemplares, bajo el procedimiento Offset multicolor.
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y ocho, años 145º de la Independencia y 126º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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