Dec. № 631-87 que autoriza una emisión de sellos postales con la denominación "Centenario de la muerte del Padre San Juan Bosco".
(G.O. № 9725 del 31 de diciembre de 1987)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 631-87
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
DENOMINACIÓN: Centenario de la Muerte del Padre San Juan Bosco.
○ Diseño: Reproducción de efigies y escenas alusivas al Padre Don Bosco.
○ Especificaciones: Llevarán las leyendas "República Dominicana", "Correos", su valor
facial expresado "0.10" y "0.70", y los textos que identifiquen los
temas de su diseño.
temas de su diseño.
○ Cantidades: Quinientos mil (500,000) ejemplares de 0.10 y quinientos mil
(500,000) de 0.70.
○ Valores: Diez centavos (RD$ 0.10), y setenta centavos (RD$ 0.70).
ARTÍCULO 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente, serán de forma rectangular en hojas de cincuenta (50) ejemplares y bajo el procedimiento Offset multicolor.
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y siete, años 144º de la Independencia y 125º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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