Dec. № 91-93 que autoriza una emisión de sellos postales, con la denominación "Censo de Población y Vivienda 1993".
(G.O. № 9855 del 31 de marzo de 1993)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 91-93
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O :
DENOMINACIÓN: Censo de Población y Vivienda 1993.
○ Diseño: Reproducción de escenas alusivas a Población y Viviendas.
○ Especificaciones: Llevarán la leyenda "República Dominicana", "Correos", su valor
facial expresado y los textos que identifiquen el tema de su diseño.
○ Cantidades: Un millón (1,000,000) de ejemplares de RD$ 1.00 y un millón
(1,000,000) de RD$ 0.50.
○ Valores: Un peso (RD$ 1.00) y cincuenta centavos (RD$ 0.50).
ARTÍCULO 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente, serán de forma rectangular en hojas de cincuenta ejemplares, bajo el procedimiento Offset multicolor.
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y tres, año 150º de la Independencia y 130º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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