Decreto № 604-88
Del 31 de diciembre del año 1988



Dec. № 604-88 que autoriza una emisión de sellos postales para el pago de las primas de envíos de cartas con valores declarados.

(G.O.  9750)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 604-88

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el pago de las primas de envíos de cartas con Valores Declarados.


300,000 (Trescientos mil) sellos del tipo de RD$ 0.50, color morado.

200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$ 1.00, color azul claro.


200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$ 1.50, color rojo.


200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$ 2.00, color rosado.


200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$ 3.00, color azul oscuro.


100,000 (Cien mil) sellos del tipo de RD$ 5.00, color amarillo oscuro.


100,000 (Cien mil) sellos del tipo de RD$ 6.00, color verde claro.


100,000 (Cien mil) sellos del tipo de RD$ 8.00, color verde oscuro.


100,000 (Cien mil) sellos del tipo de RD$ 10.00, color gris oscuro.



ARTÍCULO 2.- Los sellos mencionados en el artículo precedente, serán impresos de forma rectangular en hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento Offset multicolor. Llevarán en su diseño el Escudo Nacional y las leyendas "República Dominicana", "Servicio Interior", "Valores Declarados", y el valor facial.


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y ocho, años 145º de la Independencia y 126º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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✱ Reproducido según el decreto original.



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