Dec. № 2841 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia.
(G.O. № 9658)
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 2841
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
DENOMINACIÓN: 141 Aniversario de la Batalla de Azua (19 de marzo de 1844).
○ Diseño: Estatua del General Antonio Duvergé.
○ Especificaciones: Llevarán las leyendas "República Dominicana", "Correos", su valor
expresado "10¢", y los textos que identifiquen los temas de su
diseño.
diseño.
○ Cantidad: Seiscientos mil ejemplares (600,000).
○ Valor: Diez centavos (RD$ 0.10).
ARTÍCULO 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente, serán impresos en formato rectangular en hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento Offset multicolor.
ARTÍCULO 3.- Para la emisión indicada, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para la emisión indicada, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y cinco, años 142º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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✱ Reproducido según el decreto original.
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